Es el seguro adicional que otorga cobertura a los trabajadores que, como consecuencia de sus labores de alto riesgo, sufren un accidente de trabajo o alguna enfermedad profesional.Actividades de riesgo cubiertas por el +Protección Las actividades de alto riesgo que cuentan con la cobertura del + Protección Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo se encuentran detalladas en el Anexo 5 del Reglamento de la Ley N° 26790, Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 009-97-SA, modificado con Decreto Supremo N° 003-98-SA y actualizado con Decreto Supremo N° 008-2022-SA. Coberturas del +Protección El +PROTECCION ofrece cobertura en prestaciones de salud hasta la total recuperación y rehabilitación del asegurado:
El +Protección brinda, además:
Diferencia entre accidente de trabajo y enfermedad profesional El Accidente de Trabajo es toda lesión orgánica o perturbación funcional causada en el centro de trabajo o con ocasión del trabajo, por acción imprevista, fortuita u ocasional de una fuerza externa, repentina y violenta que obra súbitamente sobre la persona del trabajador o debida al esfuerzo del mismo.
La Enfermedad Profesional es todo estado patológico permanente o temporal que sobreviene al trabajador asegurado como consecuencia directa de la clase de trabajo que desempeña o de medio en que se ha visto obligado a trabajar. Condiciones que deben cumplir los trabajadores para recibir la atención médica por este seguro
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Para afiliar a tus trabajadores, lo puedes hacer a través del siguiente canal:Atención presencial:
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La tasa de aporte varía según el Nivel de Riesgo de la actividad realizada, así como al tipo de afiliación del trabajador. Forma de cálculo
Detalle de Actividades de Riesgo y Tasa de Aporte Ingrese AQUÍ para obtener el detalle de las tasas de aportación según la actividad de riesgo. |
Para entidades empleadoras:
Para trabajadores Independientes:
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¿Quiénes están obligados a afiliarse al SCTR?
¿Quiénes pueden acceder al SCTR? Todo trabajador asegurado regular que labora en un centro de trabajo donde se desarrollan actividades de riesgo consideradas en el Anexo 5 , sea empleador u obrero, sea eventual, temporal o permanente. La cobertura solo se brinda al asegurado titular. También se encuentran considerados aquellos trabajadores independientes que realicen actividades de riesgo y no cuente con vínculo laboral con una entidad empleadora. ¿Cuál es al plazo de vigencia del Contrato de Afiliación del +Protección? El plazo de vigencia en cualquiera de las modalidades es indefinido. ¿Cuáles son las actividades que cubre el Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo? Son aquellas que se encuentran consideradas en el Anexo 5 del Reglamento de la Ley N° 26790 Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud, aprobado por el del Decreto Supremo N° 009-97-SA, modificado con Decreto Supremo N° 003-98-SA y actualizado con Decreto Supremo N° 008-2022-SA. ¿A qué se denomina centros de trabajo en el SCTR? Son los establecimientos de la entidad empleadora donde se ubican las unidades de producción que realizan actividades de riesgo. También se incluye a las unidades administrativas y de servicios que, por su proximidad a las unidades de producción, exponen al personal al riesgo de accidente de trabajo o enfermedad profesional propia de la actividad productiva. ¿Cómo se calculan las tasas de aportaciones del +Protección SCTR? Para los trabajadores dependientes, se calculan sobre la base de la remuneración mensual afecta del trabajador, según el nivel de riesgo de la actividad económica, cuya tasa de aportación es: 0,63%; 1,23%; 1,53%; 1,83%, las mismas que incluyen el IGV (18%). Para los trabajadores independientes, se calculan multiplicando el 50% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente por la tasa de aportación: 0,63%; 1,23%; 1,53%; 1,83% las mismas que incluyen el IGV (18%), según el nivel de riesgo de la actividad económica. ¿Por qué existen diferentes tasas? Las tasas de aportación han sido desarrolladas en base al nivel de riesgo de las actividades descritas en el Anexo 5 del Reglamento de la Ley N° 26790 Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud, según los distintos grados de exposición al riesgo del trabajador. ¿Cómo se realiza la declaración de los trabajadores dependientes al +Protección? ¿Cómo se realiza el pago de las aportaciones al +Protección SCTR?
¿Qué tipo de accidentes de trabajo no se encuentran cubiertos?
¿Qué cubre el +Protección SCTR?
¿Qué NO cubre el +Protección SCTR?
¿Desde cuándo se encuentra cubierto el trabajador?
¿Dónde se atiende el trabajador accidentado? Para las situaciones de emergencia, el trabajador podrá acercarse a cualquier centro asistencial de EsSalud para su inmediata atención. Superada la emergencia, deberá recibir la prestación en el establecimiento de salud que corresponde según su adscripción. ¿Qué sucede si un trabajador sufre un accidente y no fue declarado al +Protección SCTR? Los trabajadores dependientes no declarados dentro del plazo y en los medios establecidos, carecen de cobertura. De ocurrir un siniestro, EsSalud podrá brindar las atenciones médicas, pero procederá al recupero de los gastos por las prestaciones otorgadas contra la entidad empleadora. ¿Qué hacer en caso de ocurrencia de un accidente de trabajo?
¿Qué sucede si se incumple con el pago de los aportes o estos se realizan parcialmente? Sin previo aviso, EsSalud podrá suspender la cobertura si se incumple con en el pago total de un aporte mensual, o se realicen aportes parciales. Sin perjuicio a ello, y con la finalidad de no afectar al trabajador, EsSalud podrá otorgar las prestaciones de salud, sin embargo, tendrá derecho a solicitar el reembolso del costo de las atenciones brindadas a la entidad empleadora o al trabajador independiente, según corresponda. ¿La entidad empleadora podrá solicitar la resolución del Contrato de Afiliación al +Protección SCTR? Podrá realizarse en los siguientes supuestos:
¿EsSalud podría resolver el Contrato de Afiliación al +Protección SCTR de un trabajador independiente? Podrá realizarse en los siguientes supuestos:
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