- El Seguro Social destinó más de S/.144 millones, en ocho primeros meses de 2015, para beneficiar a miles de asegurados impedidos para trabajar.
El Seguro Social de Salud (EsSalud) entregó un total de 92,561 subsidios de incapacidad temporal, de enero a agosto de 2015, en beneficio de miles de trabajadores incapacitados para trabajar por diversas enfermedades.
Al respecto, el Dr. Felipe Chu Wong, Gerente Central de Seguros y Prestaciones Económicas de EsSalud, informó que durante los ocho primeros meses de este año se ha destinado más de 144 millones de soles en la entrega de este subsidio.
El funcionario explicó que el subsidio por incapacidad temporal es el beneficio económico que reciben los asegurados regulares y de regimenes especiales, el cual es equivalente al monto que deja de percibir el trabajador incapacitado para laborar.
Comentó la incapacidad temporal se determina cuando la enfermedad ha inhabilitado al asegurado de poder trabajar, siendo necesario un reposo absoluto para una oportuna recuperación.
“Las causas más frecuentes que inhabilitan a nuestros asegurados son las dorsalgias, fracturas de pierna o tobillo, y mano”, dijo.
Informó que, al mes de agosto, más de 92 mil asegurados fueron beneficiados de este subsidio, que les permitió apoyo económico mientras se recuperaban de sus enfermedades. Señaló que este beneficio se encuentra sustentado en la Ley 26790.
Durante el año 2014, la institución destinó más de 197 millones de soles en el pago de este subsidio en beneficio de más de 121 mil asegurados.
Condiciones para recibir el subsidio:
Los asegurados con derecho a recibir este subsidio deben cumplir los siguientes requisitos:
- Contar con tres meses consecutivos de aportaciones o cuatro no consecutivos dentro de los seis meses calendario anteriores al mes en que se inició la incapacidad.
- El asegurado agrario debe contar con tres meses consecutivos de aportaciones o cuatro no consecutivos en los últimos doce meses, anteriores al mes en que se inició la incapacidad.
- El trabajador debe tener vínculo laboral en el momento del goce de la prestación (al inicio y durante el periodo a subsidiar).
- En caso de accidente, basta que exista afiliación.