Page 62 - GLOSARIO DE TERMINOS
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incluye,  según  las  normas  técnicas  y  científicas  del  arte  farmacéutico,
                         dispensado  en  la  farmacia,  botica  o  servicio  de  farmacia  con  la  debida
                         información  al  usuario.  (Resolución  Ministerial  N.° 013-2009/MINSA  que
                         aprueba el “Manual de Buenas Prácticas de Dispensación”).

                      ▪  Fórmula oficinal
                         Producto farmacéutico elaborado y garantizado por el químico farmacéutico
                         regente  o  bajo  su  dirección,  de  conformidad  a  la  farmacopea  oficial,  y
                         dispensado en la farmacia, botica o servicio de farmacia y destinado a la entrega
                         directa  a  los  pacientes  a  los  que  abastece  el  establecimiento.  (Resolución
                         Ministerial N.° 013-2009/MINSA que aprueba el “Manual de Buenas Prácticas
                         de Dispensación”).

                      ▪  Incidente adverso
                         Cualquier evento no deseado que causa un daño al paciente, usuario, operario u
                         otros,  o  que  supone  un  riesgo  de  daño,  que  puede  o  no  estar  asociado
                         causalmente  con  uno  más  dispositivos  médicos.  Está  relacionado  con  la
                         identidad,  calidad,  durabilidad  y  seguridad  de  los  mismos.  Incluye  errores,
                         eventos adversos prevenibles y riesgos. (Decreto Supremo N.° 016-2011-SA, que
                         aprueba  el  Reglamento  para  el  Registro,  Control  y  Vigilancia  Sanitaria  de
                         Productos  Farmacéuticos,  Dispositivos  Médicos  y  Productos  Sanitarios  y
                         modificatorias).

                      ▪  Medicamento esencial
                         Según la Organización Mundial de la Salud (OMS), los medicamentos esenciales
                         son  aquellos  medicamentos  que  satisfacen  las  necesidades  de  salud  de  la
                         mayoría de la población, por lo tanto, deberían estar disponibles en cantidades
                         adecuadas, en formas apropiadas de dosificación y a un precio asequible a la
                         comunidad.  El  concepto  de  medicamento  esencial  implica  un  elevado  valor
                         sanitario y no debe confundirse con el concepto de medicamento genérico. Un
                         medicamento esencial puede ser comercializado como medicamento genérico
                         o como medicamento de marca. (Resolución Ministerial N.° 013-2009/MINSA
                         que aprueba el “Manual de Buenas Prácticas de Dispensación”).

                      ▪  Medicamento genérico
                         Es  el  producto  farmacéutico  cuyo  nombre  corresponde  a  la  Denominación
                         Común  Internacional  del  principio  activo,  recomendada  por  la  Organización
                         Mundial  de  la  Salud  (OMS)  y  no  es  identificado  por  un  nombre  de  marca.
                         (Resolución Ministerial N.° 013-2009/MINSA que aprueba el “Manual de Buenas
                         Prácticas de Dispensación”).

                      ▪  Medicamento o producto farmacéutico
                         Producto farmacéutico empleado para la prevención, diagnóstico o tratamiento
                         de una enfermedad o estado patológico o para modificar sistemas fisiológicos en
                         beneficio  de  la  persona  a  quien  le  fue  administrado.  Incluye  especialidad
                         farmacéutica,  agentes  de  diagnóstico,  radiofármacos  y  gases  medicinales.
                         (Decreto Supremo N.° 016-2011-SA, que aprueba el Reglamento para el Registro,
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