Page 109 - GLOSARIO DE TERMINOS
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Es un documento de gestión archivística que establece las series documentales
que produce o recibe una entidad pública como resultado de sus actividades,
precisando el número de años que deben conservarse y los periodos de retención
en cada nivel de archivo hasta su transferencia al Archivo General de la Nación o
su eliminación. Está a cargo del responsable del Órgano de Administración de
Archivos. (Resolución Ministerial N.° 214-2018/MINSA que aprueba la Norma
Técnica N.° 139-MINSA/2018/DGAIN “Norma Técnica de Salud para la Gestión de
la Historia Clínica”).
• Reacción adversa a medicamentos (RAM)
Es cualquier reacción nociva no intencionada que aparece en el ser humano tras
el uso de un medicamento o producto farmacéutico para profilaxis, diagnóstico o
tratamiento, o para modificar funciones fisiológicas.
• Seguridad de información
Es el conjunto de acciones establecidas con la finalidad para preservar la
confidencialidad, integridad y disponibilidad de la información, además, de otras
características como la autenticación, responsabilidad, no repudio y fiabilidad.
(Directiva Administrativa N.° 294-MINSA/2020/OGTI).
• Series documentales
Es el conjunto de documentos que poseen características comunes, el mismo tipo
documental o el mismo asunto y, por consiguiente, son archivados, usados y
pueden ser transferidos, conservados o eliminados como unidad. En
correspondencia a la relevancia de su contenido se identifican dos series
documentales: 1. Historias Clínicas del Archivo Común y 2. Historias Clínicas del
Archivo Especial. (Resolución Ministerial N.° 214-2018/MINSA que aprueba la
Norma Técnica N.° 139-MINSA/2018/DGAIN “Norma Técnica de Salud para la
Gestión de la Historia Clínica”).
• Sistema de Gestión de Seguridad de la Información
Es la parte del sistema integral de gestión, basado en un enfoque de riesgo del
negocio para establecer, implementar, operar, monitorear, revisar, mantener y
mejorar la seguridad de la información. El sistema de gestión incluye la estructura
organizacional, políticas, actividades de planificación, responsabilidades,
prácticas, procedimientos, procesos y recursos. (Decreto Supremo N.° 009-2017-
SA, que aprueba el Reglamento de la Ley N.° 30024, Ley que crea el Registro
Nacional de Historias Clínicas Electrónicas).
• Sociedad operadora
Es la persona jurídica constituida por el adjudicatario, que suscribe un Contrato de
Asociación Público-Privada con EsSalud. (Contrato APP).
• Sospecha de reacción adversa
Es cualquier manifestación clínica no deseada que dé indicio o apariencia de tener
una relación causal con el uso de uno o más productos farmacéuticos.